Impositivo

¿Cómo paga Ganancias tu empresa? Guía de Ganancias para SA, SAS y SRL en 2026

Francisco Lareu2026-06-22·10 min de lectura

Lo que tenés que saber (resumen rápido)

  • Cuando tenés una sociedad (SA, SAS o SRL), la empresa es un contribuyente distinto de vos: paga su propio Impuesto a las Ganancias por las utilidades del negocio.
  • Desde la Ley 27.630, las sociedades no pagan una tasa fija, sino una escala escalonada con tres alícuotas: 25%, 30% y 35%, según cuánta ganancia neta acumulen en el ejercicio.
  • Es progresiva: aunque tu empresa caiga en el tramo más alto, no paga 35% sobre todo, sino 25% sobre el primer tramo, 30% sobre el siguiente y 35% solo sobre el excedente.
  • Los montos de cada tramo se actualizan todos los años por inflación (IPC). Por eso las cifras cambian cada ejercicio: las de 2026 son mayores que las de 2025.
  • Cuando la sociedad te distribuye dividendos (las ganancias que retira el dueño o socio), esos dividendos pagan un 7% adicional. Es el famoso "doble impacto" que conviene planificar.

El problema: "armé una sociedad y ya no entiendo qué impuesto paga quién"

Es una de las dudas más comunes cuando un emprendimiento crece y deja de ser unipersonal. Mientras facturabas como monotributista o como responsable inscripto persona humana, la cosa era más o menos clara: vos eras el contribuyente.

Pero al constituir una SAS, una SRL o una SA, aparece un sujeto nuevo: la sociedad. Y la sociedad tiene su propia obligación de pagar Ganancias, separada de la tuya. De goloe te enterás de que hay un impuesto de la empresa, otro tuyo, y algo más cuando retirás plata. Es razonable marearse.

La buena noticia es que el esquema, una vez que lo ves ordenado, es bastante lógico. Vamos a desarmarlo.

Si todavía estás en la etapa de decidir la estructura, te recomendamos leer primero cómo constituir una SAS en Argentina. Acá damos por hecho que ya tenés (o estás por tener) una sociedad.


Quién paga Ganancias cuando hay una sociedad

En el Impuesto a las Ganancias, las sociedades de capital (SA, SAS, SRL, entre otras) son lo que la ley llama "sujetos de la tercera categoría" y tributan como personas jurídicas. Esto implica tres niveles que conviene no mezclar:

  1. La sociedad paga Ganancias sobre la utilidad del negocio (ventas menos costos y gastos deducibles), aplicando la escala de sociedades.
  2. Los socios o accionistas (vos) pagan Ganancias como personas humanas por otros ingresos propios: tu sueldo, honorarios de director, alquileres, etc.
  3. Cuando la sociedad reparte utilidades (dividendos), esa distribución paga un impuesto adicional del 7%.

La clave: la ganancia de la empresa y tu ganancia personal son cosas distintas, y cada una tiene su propia liquidación.


La escala de sociedades: por qué hay 25%, 30% y 35%

Hasta hace algunos años, las sociedades pagaban una alícuota única. La Ley 27.630 cambió eso y estableció una escala progresiva pensada para que las empresas más chicas paguen proporcionalmente menos que las grandes.

Hay tres alícuotas según el nivel de ganancia neta imponible del ejercicio:

  • 25% para el primer tramo de ganancias.
  • 30% para el tramo intermedio.
  • 35% para lo que exceda el tramo más alto.

El punto que más se malinterpreta: la escala es escalonada, no de "salto". Si tu empresa entra en el tramo del 35%, no paga 35% sobre toda la ganancia. Paga 25% sobre el primer escalón, 30% sobre el segundo, y 35% solo sobre la parte que supera el último umbral. Funciona igual que la escala de Ganancias de las personas humanas.


La escala estimada para ejercicios iniciados en 2026

Los montos de cada tramo se ajustan cada año por la inflación (la variación del IPC de octubre que publica el INDEC), según lo previsto en la propia ley del impuesto. Por eso los números de 2026 son más altos que los de 2025: lo que se mueve es el monto de cada escalón, no las alícuotas.

A modo orientativo, así quedaron las escalas de referencia:

Ejercicios iniciados en 2025 (base oficial):

Ganancia neta imponible Paga $ fijo Más % Sobre el excedente de $
0 a 101.679.575 0 25% 0
101.679.575 a 1.016.795.752 25.419.893 30% 101.679.575
Más de 1.016.795.752 299.954.747 35% 1.016.795.752

Ejercicios iniciados en 2026 (valores estimados, ajustados por IPC):

Ganancia neta imponible Paga $ fijo Más % Sobre el excedente de $
0 a 133.514.185 0 25% 0
133.514.185 a 1.335.141.753 33.378.546 30% 133.514.185
Más de 1.335.141.753 393.866.847 35% 1.335.141.753

Importante: los valores de 2026 son estimados a partir del coeficiente de actualización por IPC. Los montos definitivos los publica ARCA en su tabla oficial de personas jurídicas. Antes de calcular, confirmá la escala vigente con tu contador o en la web de ARCA.


Un ejemplo para que se entienda

Supongamos una SAS que en su ejercicio 2026 obtiene una ganancia neta imponible de $200.000.000. ¿Cuánto paga?

  • Cae en el segundo tramo (entre 133,5 y 1.335 millones).
  • Paga el monto fijo del tramo: $33.378.546.
  • Más el 30% sobre el excedente de $133.514.185: ($200.000.000 − $133.514.185) × 30% = $66.485.815 × 30% = $19.945.744.
  • Total estimado de Ganancias de la sociedad: ≈ $53.324.290.

Fijate que la tasa efectiva (lo que realmente paga sobre el total) es de alrededor del 26,7%, no del 30%. Eso es por el efecto escalonado: el primer tramo tributa al 25%.


El segundo impacto: los dividendos

Acá viene la parte que sorprende a muchos socios. Una vez que la sociedad pagó su Ganancias, la utilidad que queda no es automáticamente tuya: es de la empresa. Para que pase a tu bolsillo personal, la sociedad tiene que distribuir dividendos.

Y esa distribución de dividendos paga un 7% adicional. La empresa actúa como agente de retención: cuando te gira los dividendos, retiene ese 7% y lo ingresa a ARCA.

Esto genera lo que se conoce como doble imposición económica: primero tributó la sociedad (al 25/30/35%), y después tributás vos al recibir el dividendo (7%). No es un error del sistema, es cómo está diseñado.

Por eso la planificación importa: cuándo y cómo retirar utilidades, qué parte conviene reinvertir, cómo se combinan el sueldo del socio, los honorarios de director y los dividendos. Decisiones que, bien tomadas, pueden tener un impacto fiscal grande.


Otras cosas que tu sociedad debe tener en cuenta

Más allá de la escala, una sociedad tiene obligaciones que conviene no descuidar:

  • Anticipos: Ganancias no se paga todo junto al cierre. Durante el año se ingresan anticipos a cuenta del impuesto final.
  • Ajuste por inflación impositivo: en contextos inflacionarios, la ley prevé mecanismos de ajuste que pueden modificar bastante el resultado. Es un cálculo técnico que conviene dejar en manos del contador.
  • Balance y cierre contable: la ganancia impositiva parte del resultado contable, pero no es lo mismo: hay gastos no deducibles, ajustes y diferencias. Tener los estados contables ordenados es la base de una buena liquidación.
  • Pago a cuenta del impuesto al cheque: si tu empresa es MiPyME, recordá que parte (o el total) del impuesto al cheque se computa contra Ganancias.

¿Conviene facturar como persona humana o armar sociedad?

Es la pregunta del millón, y no tiene una respuesta única: depende de cada caso. Pero sí se pueden marcar algunos criterios generales.

Facturar como persona humana (monotributista o responsable inscripto) suele ser más simple y barato de administrar cuando el proyecto es chico: menos obligaciones formales, sin balances societarios, una sola liquidación. La contracara es que respondés con tu patrimonio personal y que, al crecer, la escala de Ganancias de personas humanas puede volverse pesada.

Armar una sociedad (SAS, SRL, SA) tiene más costos y formalidades, pero aporta ventajas cuando el negocio escala: limita la responsabilidad al capital aportado, ordena la relación entre socios, facilita el ingreso de inversores y, según los números, puede ofrecer una carga fiscal más eficiente combinando la escala de sociedades con una política prudente de dividendos.

La decisión no es solo impositiva: pesan la responsabilidad patrimonial, la cantidad de socios, los planes de crecimiento y la complejidad administrativa que estés dispuesto a asumir. Conviene analizarlo con tu contador antes de decidir, no después.


Los anticipos: por qué pagás Ganancias durante todo el año

Una sorpresa habitual para quien recién arma su sociedad es descubrir que Ganancias no se paga una sola vez al cierre. Durante el año, la empresa va ingresando anticipos: pagos parciales a cuenta del impuesto que se determinará al final del ejercicio.

La lógica es que el Estado cobra "por adelantado" una parte estimada, tomando como referencia el impuesto del ejercicio anterior. Al cierre, se hace la cuenta final: si los anticipos sumaron más de lo que correspondía, queda un saldo a favor; si sumaron menos, hay que pagar la diferencia.

Esto tiene dos implicancias prácticas. La primera es de caja: la empresa tiene que prever esos desembolsos a lo largo del año y no encontrarse con la sorpresa. La segunda es que, si el negocio tuvo un año mucho peor que el anterior, los anticipos pueden quedar sobredimensionados; en ciertos casos existe la posibilidad de reducir anticipos, un trámite que conviene evaluar con el contador para no inmovilizar plata innecesariamente.

Planificar los anticipos es parte de cuidar el flujo de fondos. Pagar de más "por las dudas" tiene un costo financiero real, sobre todo en contextos de inflación.


Errores comunes que conviene evitar

Al liquidar Ganancias de una sociedad, hay tropiezos que se repiten y que pueden salir caros:

Confundir el resultado contable con la ganancia impositiva. El balance contable es el punto de partida, pero no es la base que se grava. Hay gastos que contablemente restan pero que la ley no permite deducir (multas, ciertos intereses, gastos sin respaldo). Tomar el resultado contable "tal cual" lleva a liquidar mal.

Usar una escala desactualizada. Como los tramos se ajustan por IPC cada año, aplicar la tabla del ejercicio anterior distorsiona el cálculo. Siempre hay que trabajar con la escala vigente del ejercicio.

Olvidar los pagos a cuenta. Muchas empresas pagan de más simplemente porque no computan todo lo que ya ingresaron: anticipos, retenciones, percepciones y el impuesto al cheque (cuando corresponde). Es plata que ya pusieron y que debería descontarse del impuesto final.

Retirar plata "informalmente". Sacar fondos de la sociedad sin respaldo o sin la figura correcta (sueldo, honorarios, dividendos) puede generar problemas impositivos y hasta presunciones de dividendos. Cada retiro tiene que tener su encuadre.

No planificar el cierre. Las decisiones de fin de ejercicio (inversiones, compras, política de dividendos) se piensan antes del cierre, no después. Una vez cerrado el ejercicio, el margen de maniobra es mínimo.

Evitar estos errores es, muchas veces, la diferencia entre una liquidación prolija y una que termina en ajustes, intereses o pagos de más.


Checklist: lo que conviene revisar con tu contador

  • ¿En qué tramo de la escala cae la ganancia proyectada de la empresa este ejercicio?
  • ¿Estás usando la tabla oficial vigente de ARCA (no una desactualizada)?
  • ¿Tenés calculados y al día los anticipos?
  • ¿Cómo conviene combinar sueldo, honorarios de director y dividendos para tu caso?
  • ¿Estás computando todos los pagos a cuenta disponibles (impuesto al cheque, retenciones, percepciones)?
  • ¿El ajuste por inflación está bien aplicado?

En resumen

Cuando tenés una sociedad, el Impuesto a las Ganancias tiene dos planos que no hay que confundir: el que paga la empresa sobre su utilidad (con la escala escalonada del 25%, 30% y 35%) y el 7% adicional que se paga cuando esas utilidades se distribuyen como dividendos. Los montos de cada tramo se actualizan por inflación todos los años, así que las cifras de 2026 ya no son las de 2025.

Entender este esquema no es solo cumplir: es la base para planificar y no pagar de más. La diferencia entre liquidar "como salga" y hacerlo con una estrategia puede ser muy concreta.

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Este artículo es de carácter informativo y no reemplaza el asesoramiento profesional. Las escalas de Ganancias para sociedades se actualizan anualmente por IPC; los valores de 2026 indicados son estimados. Verificá la tabla oficial vigente de ARCA y consultá con un contador antes de liquidar.

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