Laboral

Blanqueo laboral 2026: cómo regularizar empleados no registrados con quitas de hasta el 90% (y por qué conviene decidirlo antes de noviembre)

Francisco Lareu2026-08-24·8 min de lectura

Lo que tenés que saber (resumen rápido)

  • La Ley 27.802 de Modernización Laboral creó el Régimen de Promoción del Empleo Registrado (PER), reglamentado por el Decreto 409/2026 y la Resolución General 5862/2026 de ARCA.
  • Permite a empleadores del sector privado regularizar relaciones laborales no registradas o mal registradas iniciadas hasta el 5 de marzo de 2026 y que sigan vigentes al momento de adherir.
  • El plazo para adherir vence el 28 de noviembre de 2026 y alcanza obligaciones devengadas hasta el período octubre de 2026.
  • El incentivo central es la condonación de deudas de aportes y contribuciones: las micro y pequeñas empresas (y entidades sin fines de lucro) acceden a quitas del 90% sobre capital e intereses; las empresas más grandes tienen porcentajes menores.
  • También pueden entrar situaciones ya detectadas en inspecciones, incluso con deuda en discusión administrativa o judicial, siempre que no esté cancelada.

El problema: ese empleado que "quedó así" y nunca regularizaste

Es una situación mucho más común de lo que se admite en voz alta. Un ayudante que empezó "por unas semanas" y lleva tres años. Una empleada registrada por media jornada que en realidad trabaja jornada completa. Un sueldo que se paga mitad en blanco, mitad en efectivo.

Cada una de esas situaciones es una bomba de tiempo con dos mechas. La primera es laboral: ante un despido o un conflicto, el trabajador puede reclamar las diferencias — y los juicios por empleo no registrado se pierden casi siempre. La segunda es previsional e impositiva: la deuda por aportes y contribuciones no ingresados crece con intereses y no prescribe rápido, y una inspección de ARCA o del ministerio de trabajo puede determinarla de oficio.

Hasta ahora, regularizar era carísimo: había que reconocer la relación real y pagar años de cargas sociales atrasadas con intereses. Por eso muchos empleadores, aun queriendo ordenarse, no lo hacían.

El nuevo régimen cambia esa ecuación: permite blanquear la relación perdonando la mayor parte de la deuda histórica. Pero tiene fecha de vencimiento, y noviembre está más cerca de lo que parece.


Qué es el Régimen de Promoción del Empleo Registrado (PER)

Es el capítulo de regularización laboral de la Ley 27.802, la llamada ley de Modernización Laboral. El Poder Ejecutivo lo reglamentó con el Decreto 409/2026, y ARCA fijó el procedimiento operativo con la RG 5862/2026, publicada en junio de 2026.

La lógica es la de un "blanqueo", pero laboral: el Estado resigna la mayor parte de la deuda de cargas sociales acumulada a cambio de que la relación de trabajo quede registrada correctamente hacia adelante, con el trabajador dentro del sistema de seguridad social.

Quiénes pueden adherir

  • Empleadores del sector privado (personas humanas, sociedades, entidades sin fines de lucro).
  • Que regularicen relaciones laborales no registradas (trabajo "en negro" total) o deficientemente registradas (fecha de ingreso posterior a la real, jornada menor a la real, sueldo registrado menor al efectivamente pagado).
  • La relación debe haberse iniciado hasta el 5 de marzo de 2026 inclusive y estar vigente al momento de la adhesión.

Un punto importante que la reglamentación aclaró: también pueden regularizarse situaciones detectadas en inspecciones laborales, incluso si la deuda determinada está discutida en sede administrativa o judicial, siempre que todavía no haya sido cancelada. Es decir: si ya te labraron un acta y estás peleando la determinación, todavía podés entrar al régimen.

Qué se condona

El beneficio tiene dos componentes según lo reglamentado:

Concepto Beneficio
Aportes y contribuciones de seguridad social adeudados Quita según tamaño del empleador: 90% para micro y pequeñas empresas y entidades sin fines de lucro; porcentajes menores para medianas y grandes
Deudas con destino a obra social (Fondo Solidario de Redistribución), ART y Seguro Colectivo de Vida Obligatorio Condonación del 100%

La quita opera sobre capital e intereses, que es donde la deuda histórica se vuelve impagable: en períodos de inflación alta, los intereses resarcitorios suelen superar varias veces el capital original.

El saldo no condonado puede cancelarse según las modalidades de pago que prevé la reglamentación (contado o plan de facilidades). Sobre cómo funcionan los planes de pago de ARCA en general, podés leer nuestra guía para regularizar deudas fiscales.

Qué NO resuelve el blanqueo

Seamos claros en esto, porque es donde más confusión hay: el PER regulariza tu situación frente al fisco y la seguridad social. No borra los derechos del trabajador.

El empleado regularizado conserva sus derechos laborales: antigüedad real, categoría correcta, y las acciones que le correspondan. Lo que sí cambió el panorama es que la Ley Bases (27.742) ya había eliminado las multas e indemnizaciones agravadas por empleo no registrado que preveían las leyes 24.013 y 25.323, lo que redujo fuertemente el costo de un juicio posterior. Sobre este punto escribimos en detalle en qué puede reclamar hoy un trabajador en negro.

Respecto de los períodos regularizados y su cómputo previsional para el trabajador, la ley prevé reglas específicas con límites; es un punto técnico que conviene analizar caso por caso con un profesional antes de adherir.


Los plazos: la parte que no podés dejar pasar

  • Adhesión: hasta el 28 de noviembre de 2026 inclusive.
  • Alcanza obligaciones devengadas hasta el período octubre de 2026.
  • Las relaciones a regularizar deben haber comenzado hasta el 5 de marzo de 2026.

Tres meses parece mucho. No lo es. Antes de adherir hay que reconstruir la historia real de la relación (fecha de ingreso verdadera, jornada, remuneraciones efectivamente pagadas), simular el costo de la regularización con y sin régimen, evaluar el impacto en las liquidaciones futuras y recién entonces cargar la rectificación en los sistemas de ARCA. Ese trabajo previo lleva semanas, no días.


Cómo es el trámite, paso a paso

El procedimiento operativo fijado por la RG 5862/2026 se hace por los sistemas de ARCA con clave fiscal:

  1. Relevamiento interno. Identificá qué relaciones están sin registrar o mal registradas y desde cuándo. Este es el momento de la honestidad brutal: el régimen sirve si blanqueás la situación real, no una versión mejorada.
  2. Alta o rectificación de la relación laboral. A través del sistema de registración de ARCA ("Simplificación Registral") se da el alta al trabajador no registrado con su fecha real de ingreso, o se rectifican los datos falsos (jornada, fecha, modalidad).
  3. Presentación de declaraciones juradas. Se presentan (originales o rectificativas) las DDJJ de cargas sociales (F.931) de los períodos regularizados, determinando la deuda.
  4. Adhesión al régimen y aplicación de la condonación. Se manifiesta la adhesión al PER por el servicio habilitado, el sistema aplica las quitas según el tamaño de tu empresa y queda determinado el saldo a pagar.
  5. Pago del saldo. Contado o mediante el plan de facilidades previsto.

Para que las quitas del 90% apliquen, tu categorización como micro o pequeña empresa debe estar en regla: si no tenés el Certificado MiPyME vigente, tramitalo antes. Te contamos cómo en esta guía sobre el Certificado MiPyME.


¿Conviene entrar? Cómo pensarlo

No hay respuesta única, pero sí un método. En el estudio lo analizamos con tres preguntas:

1. ¿Cuál es tu exposición actual? Calculá la deuda potencial por los períodos no registrados (aportes, contribuciones, intereses) y sumale el riesgo laboral: qué pasaría si ese trabajador te demanda mañana o si cae una inspección. Ese es tu escenario "sin hacer nada".

2. ¿Cuánto cuesta regularizar con el régimen? Con la quita del 90% (si sos micro/pequeña), la condonación total de ART, obra social y seguro de vida, y un plan de pagos para el saldo, el número suele ser una fracción del escenario anterior.

3. ¿Podés sostener el costo hacia adelante? Blanquear implica pagar las cargas sociales completas de acá en más. Si tu estructura no soporta ese costo mensual, el problema es de fondo y hay que repensarlo — quizás con las nuevas modalidades de contratación o revisando la estructura. Para dimensionar el costo real de un empleado registrado, mirá cuánto cuesta contratar en 2026.

Hay un factor más, menos matemático: esta ventana no va a durar. Los regímenes de regularización vienen acompañados, históricamente, de mayor fiscalización posterior. Quien pudo blanquear y no lo hizo queda en peor posición ante una inspección futura.


Casos típicos que vemos en el estudio

El comercio con "medio registrado". Empleada registrada por 4 horas que trabaja 8. Regularizar implica rectificar la jornada y las DDJJ de los períodos anteriores. Con la quita, la deuda por diferencias suele volverse manejable.

El ayudante familiar informal. Trabaja hace años sin registro. El alta con fecha real de ingreso le reconoce la antigüedad y te saca de la informalidad total, que es el escenario de mayor riesgo.

La PyME con acta de inspección. Ya hubo relevamiento y hay deuda determinada en discusión. El régimen permite incluirla y aprovechar la condonación en lugar de seguir litigando una deuda que probablemente se confirme.

El monotributista "de hecho" que es empleado. Cuidado con este caso: si le facturás como proveedor a alguien que en realidad trabaja bajo tus órdenes, con horario y herramientas tuyas, eso es una relación laboral encubierta. Es exactamente el tipo de situación que el régimen permite regularizar.


En resumen

El blanqueo laboral de la Ley 27.802 es probablemente la oportunidad más barata que vas a tener para ordenar tu nómina: quitas de hasta el 90%, condonación total de deudas de ART, obra social y seguro de vida, y la posibilidad de incluir incluso deudas ya detectadas por inspecciones. Pero exige decisión y trabajo previo, y la ventana cierra el 28 de noviembre de 2026.

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Este artículo tiene fines informativos y no constituye asesoramiento profesional. Los porcentajes de condonación y requisitos dependen de la categorización de cada empleador y de la reglamentación vigente. Ante un caso concreto, consultá con un profesional matriculado.

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