Impositivo

Comprar y vender al exterior por courier en 2026: franquicia de USD 400, cinco envíos por año y el fin del tope para exportar

Francisco Lareu2026-09-21·9 min de lectura

Lo que tenés que saber (resumen rápido)

  • El Decreto 604/2026 (B.O. 17/7/2026) unificó el régimen de envíos postales (Correo Argentino) con el régimen PSP/Courier: ahora rige la misma regla llegue por donde llegue.
  • La franquicia es de USD 400 FOB por envío, con un máximo de 5 envíos por año y por persona, y solo para uso o consumo personal (no para reventa).
  • Esa franquicia exime de derechos de importación y tasa de estadística, pero no del IVA ni de los impuestos internos cuando corresponden. "Sin impuestos" no es exacto: es sin aranceles.
  • Del lado de las exportaciones, la RG 5883/2026 de ARCA (B.O. 29/7/2026) eliminó el tope de USD 3.000 FOB para exportar por courier. Para las PyMEs que venden al exterior, este es el cambio más grande.
  • El tope de USD 3.000 por envío se mantiene para importar bajo el régimen simplificado. Por encima de eso, se sale del régimen y hay que importar por la vía general.

El problema: dos regímenes que hacían lo mismo con reglas distintas

Hasta mitad de 2026 había una distorsión bastante absurda.

Si comprabas algo afuera y te llegaba por una empresa de courier privada (DHL, FedEx, UPS y similares), te aplicaban un conjunto de reglas. Si el mismo producto, con el mismo valor, te llegaba por Correo Argentino bajo el sistema "puerta a puerta", te aplicaban otras.

Franquicias distintas, topes distintos, trámites distintos. El tratamiento aduanero dependía menos de qué comprabas que de quién te lo traía.

El Decreto 604/2026 vino a terminar con eso. Sustituyó el artículo 80 del Decreto 1001/1982 —la norma que fijaba las condiciones de los envíos postales— y equiparó el tratamiento con independencia del canal logístico.

En criollo: ahora la regla es una sola.


Cómo funciona la franquicia de USD 400

Es el número que más circula y el que más se malinterpreta. Vamos despacio.

Qué significa exactamente

Los envíos están exentos de derechos de importación y de la tasa de estadística hasta un valor FOB equivalente a USD 400 por envío, con un máximo de 5 envíos por año calendario y por persona.

Tres condiciones que hay que leer juntas:

  1. USD 400 por envío (no por año). El tope anual está dado por la cantidad de envíos, no por la suma de los valores.
  2. Cinco envíos al año por persona. A partir del sexto, la franquicia ya no se aplica.
  3. Uso o consumo personal. El régimen simplificado exige que el producto sea para el comprador, no para su posterior comercialización. Si comprás para revender, no encuadra.

Qué es "FOB" (y por qué importa)

FOB es el valor de la mercadería sin incluir el flete ni el seguro. Es el precio del producto puesto en el país de origen.

Importa porque la franquicia se mide sobre ese valor, no sobre lo que terminaste pagando con envío incluido. Un producto de USD 380 con USD 40 de flete tiene valor FOB de USD 380 y entra en la franquicia.

Lo que la franquicia NO cubre: el IVA

Acá está el malentendido más extendido. Muchos titulares dijeron "compras sin impuestos". No es así.

La franquicia elimina los derechos de importación y la tasa de estadística. Los productos siguen alcanzados por el IVA y por los impuestos internos cuando corresponda.

Concepto ¿Lo cubre la franquicia hasta USD 400?
Derechos de importación (aranceles) Sí — exento
Tasa de estadística Sí — exento
IVA No — se paga
Impuestos internos (cuando aplican) No — se pagan

Es una mejora real, pero conviene hacer la cuenta completa antes de comprar, no quedarse con el titular.


Qué pasa si el envío supera los USD 400

No es que se rechace: se pierde la franquicia sobre el excedente y cambia el tratamiento.

Por encima de USD 400 y hasta el tope del régimen simplificado, el envío tributa los derechos de importación que correspondan según el producto, además del IVA.

Y por encima del tope del régimen simplificado de importación —USD 3.000 FOB por envío— el envío sale del régimen courier y debe tramitarse como una importación por la vía general: despachante de aduana, inscripción en el registro de importadores, y todo el circuito formal.

Ese salto es importante si estás pensando en traer mercadería para tu negocio. Sobre cómo funciona la importación formal para una PyME escribimos esta guía.


El cambio grande: exportar por courier sin tope

Si tenés una PyME, un emprendimiento o vendés productos al exterior, esta es la parte del artículo que te interesa.

La Resolución General 5883/2026 de ARCA, publicada el 29 de julio de 2026, modificó el régimen de Prestadores de Servicios Postales (PSP) y Courier con un cambio central: eliminó el límite de valor FOB para las exportaciones bajo esta modalidad.

Hasta entonces, si querías exportar por courier no podías superar los USD 3.000 FOB por envío. Pasado ese valor, tenías que ir por el régimen de exportación general, con costos y tiempos completamente distintos.

Ese tope ya no existe para exportar. (Sí se mantiene para importar.)

Por qué esto cambia el cálculo de una PyME

El régimen courier es, para una empresa chica, la diferencia entre poder exportar y no poder.

La exportación tradicional implica despachante, permisos, tiempos de tramitación y un costo fijo que para un envío de pocos miles de dólares no cierra. El courier simplificado permite mandar un paquete con un trámite comparativamente liviano.

Con el tope en USD 3.000, muchas operaciones quedaban justo del otro lado de la línea: una venta de USD 4.000 obligaba a fraccionar el envío o a asumir el costo del régimen general. Sin tope, esa decisión desaparece.

Otras simplificaciones de la RG 5883/2026

La resolución también trajo cambios operativos:

  • Ya no es obligatorio detallar la posición arancelaria específica de cada ítem importado bajo esta modalidad: puede utilizarse un código generado por la entidad, lo que agiliza el despacho.
  • El marco actualizado contempla expresamente distintos tipos de envíos: pequeños envíos personales o comerciales, muestras sin valor comercial, obras de arte para exhibición o venta internacional, insumos para investigación científica y tecnológica, y envíos de medicamentos y salud.

Y el puerta a puerta por Correo Argentino

La RG 5884/2026 reglamentó el procedimiento para los envíos que ingresan a través del operador postal designado, incluyendo el sistema puerta a puerta.

La idea de fondo es la misma unificación: que el tratamiento sea equivalente al del courier privado. Lo que cambia entre uno y otro canal son el costo del servicio y los tiempos de entrega —que son decisiones comerciales de cada operador—, no el régimen aduanero.


Checklist antes de comprar afuera

  • Calculá el valor FOB real (producto, sin flete ni seguro). Es sobre eso que se mide la franquicia.
  • Contá tus envíos del año. Son 5 con franquicia, por persona.
  • Sumá el IVA a tu presupuesto. La franquicia no lo cubre.
  • Verificá que el producto no tenga restricciones. Hay mercaderías que requieren intervenciones de otros organismos (medicamentos, alimentos, equipos de comunicaciones, etc.) independientemente del valor.
  • Si es para reventa, no uses este régimen. El régimen simplificado exige destino de uso o consumo personal. Usarlo para mercadería comercial expone a sanciones y al decomiso.
  • Guardá el comprobante de compra. Es lo que respalda el valor declarado.

Checklist antes de exportar por courier

  • Verificá tu situación fiscal: para exportar como empresa necesitás estar correctamente inscripto y habilitado.
  • Confirmá el encuadre de tu operación. Que no haya tope de valor no significa que cualquier mercadería pueda salir por esta vía: hay productos con regímenes especiales.
  • Facturá correctamente. La exportación de bienes tiene su propio tipo de comprobante y su propio tratamiento en IVA (exportación exenta con posibilidad de recupero del IVA de compras).
  • Revisá el circuito de cobro. Cobrar del exterior tiene reglas cambiarias propias que conviene chequear antes de vender, no después.
  • Si exportás servicios y no bienes, el régimen es otro: lo explicamos en exportación de servicios y factura E.

Dos advertencias honestas

1. Esta materia cambia muy rápido

El régimen de envíos internacionales se modificó varias veces en los últimos años, y las normas que citamos acá son de julio de 2026. Antes de operar, verificá la vigencia en el sitio de ARCA o con tu contador. No es una fórmula de cortesía: en este tema, un artículo de hace seis meses puede estar desactualizado.

2. No todo lo que se lee sobre montos es exacto

Circulan cifras contradictorias sobre topes, franquicias y cantidad de envíos, en parte porque hubo cambios sucesivos y en parte porque muchas notas mezclan el régimen de importación con el de exportación.

Lo que sí está claro y verificado al momento de escribir esto:

  • Franquicia: USD 400 FOB por envío, hasta 5 envíos anuales por persona (Decreto 604/2026).
  • Alcance de la franquicia: derechos de importación y tasa de estadística. No IVA.
  • Tope del régimen simplificado para importar: USD 3.000 FOB por envío.
  • Tope para exportar por courier: eliminado (RG 5883/2026).

Si tu operación está cerca de alguno de esos límites, chequealo específicamente antes de comprar o vender.


Caso práctico: la PyME que empezó a exportar

Situación: un taller de Mar del Plata fabrica accesorios de diseño. Vendía por una plataforma internacional, pero cada vez que un cliente hacía un pedido grande —más de USD 3.000— tenía que rechazarlo o partirlo en dos envíos, con doble costo logístico y doble trámite.

Qué cambió: eliminado el tope FOB para exportar por courier, ese mismo pedido sale en un solo envío bajo el régimen simplificado.

Qué tuvo que ordenar igual:

  • La facturación de exportación (comprobante tipo E) y su correcto registro.
  • El tratamiento en IVA: la exportación de bienes está exenta, y el IVA de las compras vinculadas puede recuperarse. Eso requiere un circuito administrativo prolijo. Si el tema del IVA te resulta confuso, empezá por esta guía.
  • El ingreso de divisas y su acreditación.
  • La gestión del Certificado MiPyME, que habilita beneficios específicos. Lo explicamos acá.

El punto: la simplificación aduanera es real, pero no reemplaza tener la contabilidad y la facturación en orden. Es lo que permite aprovecharla.


En resumen

Para el que compra afuera: una sola regla, USD 400 por envío, cinco al año, sin aranceles pero con IVA. Es mejor que antes y más simple de entender, pero no es "libre de impuestos".

Para el que vende afuera: se cayó el techo de USD 3.000 que limitaba las exportaciones por courier. Para una empresa chica, eso puede ser la diferencia entre exportar de vez en cuando y exportar en serio.

En RUA | LAREU acompañamos a PyMEs y emprendedores que venden al exterior, desde el encuadre fiscal hasta la facturación y el recupero de IVA. Si estás evaluando dar el paso, consultanos por WhatsApp.


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Este artículo tiene fines informativos y no reemplaza el asesoramiento profesional sobre un caso concreto. Normativa relevada a septiembre de 2026 (Decreto 604/2026, RG 5883/2026 y RG 5884/2026 de ARCA). El régimen de envíos internacionales se modifica con frecuencia: verificá la vigencia antes de operar.

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